No hay ninguna ley que explícitamente que prohíba este tipo de actividad en las playas venezolanas, pero si hay algunos artículos que causan duda entre los practicantes del nudismo, por ejemplo:
Art. 382 del Código Penal prevé sanciones para quién “haya ultrajado el pudor o las buenas costumbres por actos cometidos en lugar público o expuesto a... la vista del público”; sin definir cuáles actos son “ultrajes al pudor o a las buenas costumbres”.
Art. 383 sanciona a “Todo individuo que haya ultrajado el pudor por medio de escritos, dibujos u otros objetos obscenos”.
Estos artículos dejan mucho en entredicho, y su interpretación queda en manos de la autoridad local, lo que podría causar molestias y confusiones.
El nudismo en Venezuela se practica en playas alejadas de la vista publica, para evitar asi caer en malos entendidos.
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